lunes, 25 de junio de 2012

Taller sobre Declaración Jurada de Patrimonio

Funcionarios adscritos a la Oficina de Atención al Ciudadano, estuvieron en la comunidad de Fernández Suárez en los sectores Valles de Caraquita y San Francisco de la Parroquia Tacarigua del Municipio Carlos Arvelo, en la cual se efectuó una mesa de Trabajo para discutir los referente al proceso de "Declaración Jurada de Patrimonio". 

En tal sentido, el Funcionario Edwin Agrinzones, manifestó a los asistentes que la Declaración Jurada de Patrimonio es una obligación que debe cumplir todo funcionario o empleado público, así como los particulares en los casos previsto en la Ley Contra la Corrupción y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF), tal como se indica a continuación:
  • Todos los funcionarios o empleados públicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Contra la Corrupción.
  • Los obreros al servicio del Estado en atención a la Resolución N° 01-00-0122 del 19/06/2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.205 del 22 de junio de 2009.
  • Los integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales y gremiales, de acuerdo a lo previsto en el artículo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Los voceros y voceras de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria de los Consejos Comunales, al inicio y cese de sus funciones.

Al respecto, la Contraloría General de la República, para facilitar el cumplimiento de dicha obligación, implantó en el año 2009 el “Sistema para la Presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio en Formato Electrónico”, mediante el cual todo funcionario o empleado público debe presentar su situación patrimonial.

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